REMUNERACIÓN

DIETAS Y REMUNERACIONES

SEÑORES MINISTROS  –  Artículo 3° Ley N°18.593

Los miembros titulares y suplentes de los Tribunales Electorales Regionales percibirán una remuneración equivalente a una unidad tributaria mensual por cada audiencia a que concurran, con un máximo por cada mes calendario de quince unidades tributarias mensuales, o de treinta unidades tributarias mensuales sólo cuando se trate del escrutinio general y la calificación de las elecciones municipales.

PERSONAL – Artículo 6° Ley N°18.593

Las remuneraciones del Secretario Relator, Oficial Primero y Oficial de Sala son equivalentes, respectivamente, a las de los grados 4o, profesional; 13o, no profesional, y 21o, no profesional, de la Escala Única de Sueldos de la Administración Pública.

LLAMADO A CONCURSO

 

Se hace presente a los interesados que, con fecha 8 de enero de 2026, el concurso para el cargo de Oficial de Sala fue prorrogado por 10 días hábiles, esto es, hasta el martes 20 de enero de 2026.

Concurso para Oficial de Sala

 Pablo Andrés Medina Silva

Oficial Primero
Segundo Tribunal Electoral
Región Metropolitana

Estimado usuario:​

Durante esta semana, las reclamaciones deberán presentarse ante el Primer Tribunal Electoral Regional de la Región Metropolitana, al que podrá acceder pinchando el siguiente enlace:
https://www.primertribunalelectoral.cl/